Cuando adquirimos una obligación de crédito también adquirimos la obligación de devolver el capital prestado. En caso de no llevar a cabo nuestra obligación en el momento oportuno se intentará por todo los medios recuperar el dinero prestado. Esta es precisamente la acción a la que se conoce como recobro. Desde Capital Privado MB te lo explicamos todo.
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El recobro
Siempre que se solicita capital prestado, ya sea a una entidad bancaria o a otro tipo de entidad financiera, el prestatario asume la responsabilidad de devolver el importe prestado. Este irá acompañado de la tasa de interés y posibles comisiones o gastos asociados que se hayan acordado por contrato.
Cuando el prestatario se retrasa en el pago de dichas cuotas la acción de recuperar esos importes es lo que conocemos como recobro. En este caso el prestamista puede optar a la recuperación del capital de manera directa o indirecta. ¿Qué quiere decir esto? Muy sencillo,
- que puede acudir a departamentos especiales propios para conseguir que la deuda se resuelva.
- O bien pueden apostar por confiar en terceros para obtener el dinero que todavía no le han devuelto. En este caso puede contactar con agencias de recobros para que se encarguen de obtener esos importes que el prestatario todavía no ha pagado cuando debía hacerlo.
Acciones derivadas del recobro
Dentro del recobro existen una serie de acciones derivadas que hay que tener presentes.
- Sirve para recuperar el dinero prestado. La persona que se encarga del recobro ha de asegurarse de que el prestamista recupere el dinero prestado. Es decir, que el deudor ha de hacer frente a su deuda. Esto puede suponer diferentes tipos de estrategias. Comenzando con un tono suave que puede ir intensificándose si el deudor no quiere abonar la deuda.
- Llevar a cabo un seguimiento. Una vez el deudor acepta pagar su pella lo normal es que se fije una fecha para llevar a cabo el abono. La persona encargad del recobro ha de realizar un seguimiento y asegurarse de que el abono del préstamo se cumple en esa fecha. Un seguimiento exhaustivo tanto del día como de la fecha refuerza el carácter urgente de la deuda y aumenta la importancia que el acreedor le atribuye a esta.
- Ofrecer posibilidades de negociación. Siempre hay situaciones complejas en las que el deudor realmente no dispone del capital necesario para poder abonar el dinero que le prestaron. En estos casos el encargado del recobro debe de tener capacidad de negociación. Por ejemplo por medio de la creación de nuevos acuerdos que impliquen la prolongación de la devolución pero permitan al prestatario hacer frente a la deuda. Cuando se aplica un aplazamiento de deuda lo normal es que el prestamista aplique un sobrecoste en el servicio.
- Creer siempre en la buena voluntad del pagador. Aunque un pagador se retrase en la devolución del adeuda no deja de ser un cliente. Y puede volver a serlo en un futuro próximo. Puede que lamentablemente en este momento no haya podido responder a los pagos de manera eficiente. Pero esto no implica que en otras ocasiones tenga que volver a suceder lo mismo. De ahí que siempre sea aconsejable dar un voto de favor al pagador y respetar su voluntad de pago. Esto puedo evitar situaciones complicadas y ayudar a que la deuda se cobre antes.
El recobro puede ser una situación algo peliaguda tanto para el prestamista como para el prestatario. Con toda seguridad ninguna de las dos partes tiene intención de faltar a su parte del trato. Por este motivo si vas a pedir un préstamo y crees que no vas a ser capaz de devolverlo en el plazo acordado es mejor que no lo hagas. Así evitarás tener que pagar más y caer en el sobreendeudamiento.