La usura es una práctica ilegal en la cual se cobran intereses muy elevados en los créditos, con el objetivo de obtener una ganancia injusta para la entidad financiera que ha concedido el préstamo.
En España, la usura se regularizó hace más de 100 años mediante la Ley de 23 de julio de 1908, conocida también como Ley Azcárate. Pese a esto, sigue siendo un término muy actual, ya que se están realizando muchas reclamaciones por usura que están padeciendo las entidades bancarias, sobre todo aquellas que comercializaron tarjetas revolving.
Guía de Contenidos
¿Qué son las tarjetas revolving?
Las tarjetas revolving son una tipología de tarjetas de crédito que se caracterizan por ser complejas en cuánto a la composición y por contar con intereses notablemente elevados. Su funcionamiento es polémico porque permiten aplazar y fraccionar los pagos de las compras que se hayan efectuado con ellas.
Se diferencian de las tarjetas de crédito convencionales en que el abono se realiza en cuotas mensuales que tienen intereses. Su funcionamiento es similar al de los microcréditos, aunque es muy frecuente que los clientes desconozcan que conllevan intereses muy elevados.
¿Cuándo se trata de un tipo de interés como usurario?
La Ley que regula la Usura no determina un límite específico al tipo de interés para considerarlo usurario. Cuando se habla de interés usurario, se hace referencia a aquellos intereses que son superiores y notablemente desproporcionados a las circunstancias del caso. Esto significa que, para poder valorarlo, será necesario atender a la jurisprudencia y circunstancias propias de cada caso.
Con el objetivo de sentar jurisprudencia sobre cuándo se da usura en este país, se han llevado a cabo varias sentencias en los últimos años. En la sentencia del 25 de noviembre del año 2015, se estableció que se considera usurario a todos aquellos intereses que superen el doble del interés medio ordinario en las operaciones de crédito al consumo de la época en la cual se acordó el contrato.
En la sentencia también se estipuló que le corresponderá a la propia entidad financiera argumentar las circunstancias excepcionales que justifiquen el motivo por el cual se ha estipulado un tipo de interés tan elevado.
¿Qué factores determinan si es un tipo de interés usurario o no?
Para poder saber si se trata de un tipo de interés usurario, habrá que hacer una comparación con el tipo de interés medio de los productos financieros más parecidos sobre los cuales el Banco de España tenga constancia en esas fechas.
Por tanto, en función del tipo de producto financiero al cual esté vinculado, el interés o la fecha de contratación puede ser considerado usurario o no.
¿Cómo hacer la reclamación?
Existen diversos mecanismos para poder reclamar pagos desproporcionados que estén estrechamente relacionados con la deuda. En primer lugar, hay que valorar revisando la totalidad de la deuda y los pagos efectuados cada mes, si el pago realmente es exagerado. Para ello, es recomendable compararlos con las tasas de interés que han sido determinadas por el Banco de España.
Una vez se ha comprobado que durante meses se ha pagado la totalidad de la deuda con unos intereses más elevados de lo normal, hay que proceder a hacer la solicitud ante el prestamista, para que se devuelva la cantidad que se ha pagado de más. En el caso de que la deuda aún se esté pagando, pero se ha identificado usura en los intereses, hay que seguir saldando la misma pero sin dichos intereses.
Para hacer la reclamación ante la entidad prestamista, hay que proceder por la vía extrajudicial mediante comunicación formal o en representación de un abogado. Se puede realizar una reclamación directa presentando todas las pruebas, con el Servicio de Reclamaciones del Banco de España, en el caso de que no se obtenga respuesta.
El éxito de tu reclamación dependerá del asesoramiento que recibas, por lo que te recomendamos que te pongas en contacto con los consultores financieros de Capital Privado MB, para que puedan analizar tu caso y determinar los pasos que tienes que seguir para recuperar tu dinero.
Plazo para reclamar la usura
El 14 de julio de 2009, el Tribunal Supremo dictaminó una sentencia en la cual se estableció que no existe un plazo máximo en el cual se pueda hacer una reclamación por usura. Por este motivo, los consumidores que se hayan visto afectados podrán hacer reclamaciones por la Ley de la Usura por productos financieros, independientemente de la fecha en la cual hayan sido contratados, así como si está en vigor o no.
¿Cuáles son las consecuencias de la usura?
Según la Ley de Usura, aquellos créditos que se consideren usurarios serán sancionados con la nulidad del contrato. La nulidad supondrá que el prestatario haga la devolución del dinero prestado sin intereses.
Ante este caso, pueden producirse dos posibles situaciones:
- Devolución insuficiente: el prestatario no ha devuelto una suma de dinero que equivalga a la cantidad que se le ha prestado sin intereses.
- Devolución superior: la suma total del dinero que se ha devuelto incrementa a la que ha sido prestada en un inicio por el prestamista y, por tanto, le corresponderá al prestatario hacer la devolución del dinero que haya sido excedido respecto al que se prestó originalmente.
¿La usura se considera ilegal en España?
Actualmente, en España la usura no se considera un delito, debido a que en la reforma del Código Penal de 1995 se despenalizó. Hace años estaba recogida como un delito en el Capítulo VI del antiguo Código Penal. No obstante, en otros países sí es ilegal, ya que se considera ilícita, por lo que la reclamación es posible y muy pertinente.